ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS – 2º NIVEL BÁSICO (CURSO 2019-2020: SEGUNDO CUATRIMESTRE)

VACANTES: 7

Solo podrán matricularse en 2º de Español para extranjeros quienes aporten acreditación del nivel A1 (1º Nivel Básico de Escuela Oficial de Idiomas o DELE A1 del Instituto Cervantes) o superen la Prueba de Nivel.

CALENDARIO
Del 16 al 22 de enero de 2020 (ambos inclusive) Plazo de presentación de solicitudes de admisión
27 de enero de 2020 Publicación de relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión
Del 28 al 30 de enero de 2020, ambos inclusive Período de trámite de audiencia (plazo de alegaciones)
4 de febrero de 2020 Publicación de resolución del procedimiento de admisión (listado de personas admitidas y no admitidas)

3 de febrero de 2020

16:30

Aula B.4

Prueba de nivel para acceso a 2º Nivel Básico (A2)
5 de febrero de 2020 Comienzo del plazo para la presentación de recurso de alzada
Del 5 a 10 de febrero de 2020 (ambos inclusive) Plazo de matriculación del alumnado
10 de febrero de 2020 Comienzo de la actividad lectiva

 

DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR

  • Impreso de solicitud de admisión (Anexo I) y copia exacta, adecuadamente relleno, sin tachaduras ni enmiendas.
  • Fotocopia del DNI u otro documento oficial acreditativo de los datos personales de la persona solicitante.
  • Los menores de edad (deberán ser mayores de 14 años) o cumplirlos en el año natural que comience el curso):
    • Fotocopia del DNI del solicitante y de su tutor legal.
  • En aquellos casos en que el solicitante alegue una discapacidad del 33% o superior, deberá adjuntar Certificado del dictamen sobre el grado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía o, en su caso, de otras Administraciones Públicas.
  • Documentación pertinente a baremación.

 

BAREMO

Para que se puedan tener en cuenta sus circunstancias personales y académicas para el baremo de solicitudes, se deberá aportar la documentación siguiente, según sea el caso del solicitante (dichas circunstancias deben cumplirse durante el plazo de solicitud de admisión):

 

CRITERIOS DE ADMISIÓN Y ACREDITACIÓNN DE LOS MISMOS

De acuerdo con el artículo 8 de la Orden de 20 de abril de 2012, una vez reservado el 5% de plazas escolares para personas discapacitadas con un grado mínimo del 33% diagnosticado, la prioridad en la admisión en la modalidad presencial debe entenderse como sigue:

Criterios de admisión Acreditación
Primero: Personas solicitantes desempleadas con al menos 6 meses es esta situación y una titulación mínima de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Certificación de fecha de inscripción emitida por el Servicio Andaluz de Empleo en la que conste, expresamente, la fecha inicial de demanda de empleo y que continúa en la misma situación en el momento de la emisión.
Segundo: Personas solicitantes empleadas que tengan la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o superior. Certificación de estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad correspondiente, así como copia autenticada del contrato de trabajo o la licencia fiscal.
Tercero: Personas solicitantes matriculadas en estudios oficiales del sistema educativo andaluz que tengan titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o superior.

Matrícula de los estudios correspondientes.

Si actualmente está matriculado/a en estudios oficiales del sistema educativo andaluz no universitarios no tendrá que aportar ninguna certificación.

 

Cuarto: Personas solicitantes desempleadas con menos de 6 meses en esta situación y una titulación mínima de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Certificación de fecha de inscripción emitida por el Servicio Andaluz de Empleo en la que conste, expresamente, la fecha inicial de demanda de empleo y que continúa en la misma situación en el momento de la emisión.
Quinto: Personas sin titulación (incluido alumnado de ESO mayor de 14 años que desee estudiar un idioma distinto al que está cursando como primer idioma en su centro), personas jubiladas y resto de personas solicitantes. En este grupo las solicitudes se ordenarán por menor renta per cápita de la unidad familiar.

En los grupos primero a cuarto, la prelación en la admisión se determina por la titulación académica aportada, priorizada de mayor a menor (Titulación superior o equivalente, secundaria postobligatoria o equivalente y educación básica o equivalente).

Asimismo, a igualdad de titulación, prevalece el mejor expediente académico y, si aún existiera empate, prevalece la menor renta per cápita de la unidad familiar.

 

Acreditación de titulación académica y expediente académico para estudios universitarios o estudios del sistema educativo público andaluz realizados con anterioridad al año 2010: Copia autenticada del título o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo; expediente académico y certificación de estudios en las que conste la nota media en una escala de 0 a 10 (según equivalencias de la Orden 20 de abril de 2012) o las calificaciones obtenidas en cada una de las materias. Si actualmente está matriculado/a en estudios oficiales del sistema educativo andaluz no universitarios no tendrá que aportar ninguna certificación.
Personas discapacitadas con un grado mínimo del 33% diagnosticado. Certificado del centro oficial donde figure el grado de discapacidad .
Información de carácter tributario: Será suficiente con rellenar los datos y deberá estar firmada por todos los miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.